Excelencia Turística de Tenerife | Impulso a la rehabilitación de establecimientos alojativos
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Impulso a la rehabilitación de establecimientos alojativos

26 Ene Impulso a la rehabilitación de establecimientos alojativos

Hoy en día, la calidad de la oferta se erige como un objetivo prioritario en materia de alojamiento turístico por exigencias de competitividad, rentabilidad, diversificación y cualificación. Es por esto, que para incentivar dicha calidad y promover la rehabilitación de infraestructuras se ha publicado un nuevo Decreto con el cuál se pretende impulsar la rehabilitación integral de los establecimientos turísticos en Canarias  que se encuentran en situación de deterioro u obsolescencia

La principal contraprestación a aquellos establecimientos que realicen dicha rehabilitación, una vez comprobada la suficiencia de la actualización proyectada y siempre que su categoría prevista sea al menos de cuatro estrellas para los hoteles o de tres llaves para los apartamentos turísticos, será el derecho a la obtención por su titular de autorizaciones previas para nuevas plazas alojativas en los porcentajes que se indican en el artículo 14 de la Ley 6/2009,de 6 de mayo,  en materia de ordenación territorial.

De esta forma, con este nuevo Decreto se pretende evitar el declive de la principal actividad económica de Canarias y potenciar una oferta de calidad, cualificada y competitiva en síntonia con las exigencias del modelo turístico previsto en las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias. Las cuestiones fundamentales que se tratan en el DECRETO 138/2010, de 23 de septiembre, por el que se desarrolla la previsión en materia de rehabilitación de establecimientos turísticos, contenida en la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo. son las siguientes: –  Regulación del procedimiento y las condiciones de otorgamiento de la declaración de deterioro u obsolescencia de un establecimiento de alojamiento turístico. –  Requisitos que han de reunir los establecimientos para la obtención, por parte de la consejería competente en materia de turismo, de la declaración de situación de deterioro u obsolescencia. –  Autorización del proyecto ténico de rehabilitación del establecimiento. –  Régimen de garantía de la ejecución del proyecto de rehabilitación.

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